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lunes, 7 de abril de 2008

CONDENAN A UN BANCO POR EL ROBO DE UNA CAJA DE ALQUILER

Condenan a un banco por el robo de una caja de seguridad La Justicia dijo que el banco no cumplió con las normas de seguridad · Y consideró probado el valor del dinero depositado · La indemnización es de 49 mil dólares más intereses · El robo fue en junio de 2000
ANTECEDENTE. El fallo serviría para otros casos, como el del Banco Crédito.
En un fallo que puede sentar jurisprudencia para casos iguales, la Justicia condenó al Banco Quilmes a pagar "inmediatamente por estar en mora" la plata robada en 1994 de una caja de seguridad. Son 49.400 dólares más los intereses, reclamados por dos clientes, Haydée y Eduardo Folgueras. La jueza comercial Elvira Cáceres Cano sentenció que el Banco Quilmes no cumplió con las normas de seguridad bancaria y actuó de mala fe al rechazar las pruebas presentadas por los damnificados.
El fallo de la doctora Cáceres Cano, titular del Juzgado Comercial N 16 de la Capital Federal, reconoció que los Folgueras depositaron 48.000 dólares además de 200 pesos y joyas valuadas en 1.200 dólares. Ellos tenían una caja en la sucursal Piñeiro del Banco Quilmes, ubicada en Avellaneda, que fue asaltada por boqueteros el 5 de junio de 1994.Esa vez, los delincuentes violentaron más de 190 cajas de seguridad y se habrían llevado 2.000.000 de pesos. Esta modalidad se repitió frecuentemente en los últimos tiempos .Un punto clave de este caso es cómo pudo comprobarse que los damnificados tenían realmente los 49.400 dólares en su caja de seguridad.Es habitual que los bancos tomen distancia tras un robo en las cajas de seguridad, argumentando que se trata de un contrato de alquiler y que por eso la institución no puede saber lo que el cliente guarda en la caja. Pero aquí la jueza consideró que se trata de un contrato de seguridad, no de alquiler. Y por lo tanto "si la seguridad se quiebra por un delito hay incumplimiento de contrato por parte del Banco, que debe hacerse responsable", explicó a Clarín el abogado de los Folgueras, Gustavo Soler.En el fallo, la jueza acepta como prueba las boletas de compraventa de dólares emitidas por una casa de cambios, que presentaron los Folgueras. Además tomó en cuenta los testimonios de cuatro testigos e investigó la capacidad económica de los Folgueras, sus medios de vida y antecedentes morales.RechazoAl parecer, el Banco rechazó aquellas boletas como prueba, argumentando que no tenían nombre ni dirección. El abogado Soler explicó que "la jueza comprobó que así se vende moneda extranjera en los bancos y casas de cambio, se trata de una costumbre usual".Por eso, el fallo considera que la negativa del Banco a aceptar aquellas boletas "no se compadece con una conducta acorde al principio de la buena fe, que es exigible en mayor medida a una entidad bancaria que a cualquier particular. Porque a los bancos les son confiados la administración y custodia de dinero del público en general".Soler agregó que "los Folgueras demostraron que vivían en una zona inundable de Villa Dominico y que habían puesto la plata en el Banco Quilmes para tener más seguridad. Son una familia de clase media, Haydée es profesora de matemáticas, casada y madre de dos hijos. Su hermano Eduardo es ingeniero mecánico".Normas incumplidasLas normas de seguridad bancaria se establecieron en la Ley 19.190 y el decreto reglamentario 2525, "cuyas pautas no fueron cumplidas por el Banco", explicó el abogado Soler. Y agregó: "En la investigación judicial se comprobó que no tenían circuito cerrado de televisión, las paredes de la bóveda no tenían el ancho reglamentario y tampoco el tipo de cerraduras de seguridad necesario".Por eso, el fallo destaca que "los ladrones dispusieron de muchas horas para el robo. Perforaron una pared sin que nadie advirtiera nada y no había guardia nocturna. Salieron y entraron del Banco en muchas oportunidades".

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